Letreros en los Establecimientos Comerciales |
|
|

BOLETIN INFORMATIVO
|
|
|
|
Letreros Obligatorios en los Establecimientos Comerciales
De acuerdo a la recién aprobada Ley 72 de 27 de Septiembre de 2011, los comerciantes están obligados a emitir facturas por medio de una máquina o equipo fiscal, igualmente están obligados a colocar un letrero advirtiendo las sanciones a los compradores que al salir del establecimiento comercial carezcan de factura o equivalente.
Esta obligación está en el parágrafo 4 del artículo 11 de la ley 76 modificada por la ley 72.
“.. En todo establecimiento de venta de bienes o servicios a los consumidores, los proveedores de dichos bienes y servicios deberán colocar anuncio de las sanciones antes mencionadas, en forma clara, precisa y en lugar visible al público, en un letrero de dos por cuatro pies y con letras reflectivas de ocho centímetros como mínimo. …”
La ley impone una sanción de B/. 100.00 a los establecimientos que no cuenten con este aviso.
Modelo:

|
|
| |
|
One Touch Accounting and Computer Service, S.A.
|
|
|
|
|