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Letreros en los Establecimientos Comerciales



BOLETIN INFORMATIVO

Letreros Obligatorios en los Establecimientos Comerciales

De acuerdo a la recién aprobada Ley 72 de 27 de Septiembre de 2011, los comerciantes están obligados a emitir facturas por medio de una máquina o equipo fiscal, igualmente están obligados a colocar un letrero advirtiendo las sanciones a los compradores que al salir del establecimiento comercial carezcan de factura o equivalente.

Esta obligación está en el parágrafo 4 del artículo 11 de la ley 76 modificada por la ley 72.

 “.. En todo establecimiento de venta de bienes o servicios a los consumidores, los proveedores de dichos bienes y servicios deberán colocar anuncio de las sanciones antes mencionadas, en forma clara, precisa y en lugar visible al público, en un letrero de dos por cuatro pies y con letras reflectivas de ocho centímetros como mínimo. …”

La ley impone una sanción de B/. 100.00 a los establecimientos que no cuenten con este  aviso. 

Modelo:

Letrero Ley 72 2011

 

 

One Touch Accounting and Computer Service, S.A.