Estimados clientes y amigos,
Nos acercamos a un mes muy especial para todos los panameños, el mes de noviembre, que destaca por sus días de gran significado histórico y cultural. A continuación, les recordamos los días festivos de noviembre en Panamá:
Recargos por Trabajo en Días Feriados de Noviembre
Los días 3, 5, 10 y 28 de noviembre son considerados feriados nacionales. Según el Código de Trabajo de Panamá, el personal que labore en estos días deberá recibir un recargo del 150% sobre el salario ordinario, además de contar con el derecho a un día de descanso compensatorio.
Consideración Especial para los Días 3 y 10 de Noviembre
Este año, los días 3 y 10 de noviembre caen en domingo, lo cual implica una modificación en el descanso semanal obligatorio. De acuerdo con el artículo 47 del Código de Trabajo, el descanso obligatorio semanal se transfiere a los días lunes 4 y lunes 11 de noviembre, respectivamente.
Esto significa que, en los lunes 4 y 11 de noviembre, las labores realizadas deben pagarse con un recargo del **50% sobre el salario ordinario**, con derecho a un día de descanso compensatorio. Resumen de Recargos y Descansos Compensatorios
Agradecemos su atención y les deseamos un excelente mes de noviembre.
Atentamente, One Touch Accounting & Computer Service
Su Aliado en Gestión de Planilla y Cumplimiento Laboral
Nos acercamos a un mes muy especial para todos los panameños, el mes de noviembre, que destaca por sus días de gran significado histórico y cultural. A continuación, les recordamos los días festivos de noviembre en Panamá:
- 3 de noviembre: Separación de Panamá de Colombia
- 5 de noviembre: Consolidación de la Independencia en el territorio de Colón
- 10 de noviembre: Primer Grito de Independencia de la Villa de Los Santos
- 28 de noviembre: Independencia de Panamá de España
Recargos por Trabajo en Días Feriados de Noviembre
Los días 3, 5, 10 y 28 de noviembre son considerados feriados nacionales. Según el Código de Trabajo de Panamá, el personal que labore en estos días deberá recibir un recargo del 150% sobre el salario ordinario, además de contar con el derecho a un día de descanso compensatorio.
Consideración Especial para los Días 3 y 10 de Noviembre
Este año, los días 3 y 10 de noviembre caen en domingo, lo cual implica una modificación en el descanso semanal obligatorio. De acuerdo con el artículo 47 del Código de Trabajo, el descanso obligatorio semanal se transfiere a los días lunes 4 y lunes 11 de noviembre, respectivamente.
Esto significa que, en los lunes 4 y 11 de noviembre, las labores realizadas deben pagarse con un recargo del **50% sobre el salario ordinario**, con derecho a un día de descanso compensatorio. Resumen de Recargos y Descansos Compensatorios
- 3, 5, 10 y 28 de noviembre (feriados nacionales):
- Recargo del 150% sobre el salario ordinario.
- Descanso compensatorio de un día.
- Lunes 4 y lunes 11 de noviembre (días de descanso obligatorio transferidos):
- Recargo del 50% sobre el salario ordinario.
- Descanso compensatorio de un día.
Agradecemos su atención y les deseamos un excelente mes de noviembre.
Atentamente, One Touch Accounting & Computer Service
Su Aliado en Gestión de Planilla y Cumplimiento Laboral