Panamá es un estado soberano. La economía del país, la industria bancaria y las pólizas de seguro comercial son algunas de las razones por las que es un destino comercial tan popular. La Zona Libre de Colón en Panamá en Panamá es la segunda más grande de su tipo en el mundo. Además, las compañías que no están generando ingresos dentro de Panamá aprovechan las exenciones de impuestos completas. Con One Touch, usted obtiene servicios de incorporación de compañías en Panamá que están diseñados para proporcionar una experiencia conveniente.

Sociedad Anónima:

La ley de Panamá establece que dos o más personas mayores de edad pueden formar una sociedad anónima. Solo necesitarán a una persona natural o jurídica que sirva como accionista y tres personas para la junta directiva. Y sus abreviaturas podrán ser S.A., INC o Corp. La principal ventaja de este tipo de empresa es que tanto los presidentes como los accionistas pueden vivir en cualquier lugar del mundo y ser de cualquier ciudadanía. Además las tertulias de la junta directiva o de accionistas pueden realizarse en cualquier lugar ya sea por medio de Internet, vía telefónica o personalmente.

Sociedad de Responsabilidad Limitada:
Para su constitución se necesitan a dos persona (como mínimo) naturales o jurídicas de cualquier nacionalidad o lugar de residencia que sea mayor de edad. El nombre de los socios será inscrito en el registro público de panamá, así como el capital que cada uno ha aportado. Las obligaciones y responsabilidades de los socios serán divididas según el capital aportado. En el acta constitutiva se debe ver reflejado un solo administrador y un director que deberá ser elegido por los accionistas. Su abreviatura será (S de RL). Y una de las ventajas es que no será necesario llevar sus libros contables en su constitución por lo que sus registros pueden ser efectuados en cualquier país que sea determinado por los administradores. Además, el capital no tiene la obligación de ser pagado por los accionistas al constituir la sociedad y este puede estar simbolizado en cualquier moneda.

Fundación de Interés Privado:
Este tipo de empresa es la más cerrada en cuanto a la participación de terceros porque el Fundador entrega todos los bienes de su propiedad a una empresa (que es la figura jurídica que se está formando) con el fin de que ésta los administre y los cuide a beneficio de una persona, que puede ser el mismo fundador o una persona extra. Solo necesitará un beneficiario o un solo protector y la junta directiva o administrativa será exclusiva por tres personas naturales. La principal ventaja de las Fundaciones de Interés Privado es que son perfectas para cuidar y conservar esos negocios y bienes familiares, y podrás abrir cuentas bancarias de la Fundación en cualquier país del mundo. Estas son perfectas para trajinar pertenencias familiares entre miembros de la misma familia, sin que se vuelva necesario acudir a los largos y tediosos procesos judiciales.